El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció el plazo de inscripción para el Programa REPRO II entre los días 25 y 31 de agosto inclusive correspondiente a los salarios devengados durante el mes de agosto.

Asimismo, se aplicarán los siguientes criterios de preselección , respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa:

  • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: Julio de 2019 y Julio de 2021.
  • Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
  • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Julio 2021.
  • Corte de actualización de bajas de nómina: 24 de agosto
  • Corte de actualización CBU: 23 de agosto inclusive

En relación al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” , el plazo de inscripción es el mismo mencionado anteriormente y los criterios de preselección son los siguientes:

  • Presentar una reducción de la facturación superior al 20) en términos reales, para el periodo comprendido entre Julio 2021 y Julio 2019.
  • Periodo de referencia de pagos a acreditar: Autónomos de 12/2020 hasta 06/2021; Monotributo de 1/2021 hasta 7/2021

La medida fue publicada mediante la Resolución 488/2021

 

Fuente: FECECO