El Centro Industrial y Comercial Avellaneda (CICA), informa que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 520/2020, estableció el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” para todos los departamentos de la Provincia de Santa Fe (a excepción de Villa Ocampo y Tacuarendí).

Según establece el Decreto, queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que los habilite a tal efecto.

En relación a actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, sólo podrán realizarse aquellas que posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50 % de su capacidad.

No obstante, según detalla el Decreto, las siguientes actividades continúan prohibidas:

– Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas.

– Práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes.

– Cines, teatros, clubes, centros culturales.

– Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional

– Turismo.