La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, a través de la Resolución 670/2023, prorrogó el plazo previsto para la aceptación, cancelación y rechazo de facturas de crédito electrónicas MiPyMEs como así también su inscripción al Registro a 21 días corridos.

De esta forma, desde el 1 de diciembre de 2023 y hasta el 29 de febrero de 2024, las MiPyMEs tendrán 21 días corridos para:

  • El pago del precio superior contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica MiPyMEs en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago (art. 4 Ley 27440)
  • La constitución de título ejecutivo y valor no caratular (art. 4 Ley 27440)
  • La emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación (art. 5 Ley 27440)
  •  La aceptación de la factura de crédito electrónica MiPyMEs (art. 5 Ley 27440)
  • La aceptación tácita prevista en el art. 6 de la Ley 27440
  • Efectuar el rechazo de la factura de crédito electrónica MiPyMEs y su inscripción en el Registro previsto en el artículo 8 de la Ley 27440

 

Fuente: Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC)