Factura “A” para Monotributistas: ¿qué hay que tener en cuenta desde este 1 de julio?

El Art. 12 del Dto. 337/21 estableció que los responsables inscriptos en el IVA que efectúen ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a Monotributistas deberán discriminar en la factura, o documento equivalente, el gravamen que recae sobre la operación a partir del 1º de julio de 2021 (fecha fijada por la RG 5003/21).

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