La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4711/2020, prorrogó por una semana los vencimientos para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

El nuevo cronograma establecido en la normativa busca facilitar el acceso a los beneficios previstos por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.

Las fechas para que los empleadores completen los formularios y cancelen las obligaciones serán los días 18, 19 y 20 de mayo de 2020, inclusive.

La normativa establece el siguiente cronograma de vencimientos en base a la terminación del CUIT:

  • Terminación de CUIT en 0, 1, 2 y 3: 18/05/2020
  • Terminación de CUIT en 4, 5 y 6: 19/05/2020
  • Terminación de CUIT en 7,8 y 9: 20/05/2020

El organismo habilitó para estos trámites las herramientas informáticas que permiten a los empleadores imputar la reducción o postergación del componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes al período devengado abril.

Además, la AFIP informó que dispuso la posibilidad de “realizar una declaración rectificativa para aquellos empleadores que ya hubiesen realizado la presentación, hasta el 31 de mayo”. De esta forma, el organismo garantiza el acceso a los beneficios.

La prórroga en los plazos de presentación y las herramientas informáticas se implementarán a través de dos Resoluciones Generales de la AFIP que serán publicadas en el Boletín Oficial.

Para acceder a la Resolución General 4711/2020, clic aquí.

 

Fuente: Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)