El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación informó que los padres podrán ingresar con sus hijos menores de 12 años a los comercios habilitados para funcionar.

Esto fue informado por el Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en relación con la Resolución 262/2020 dictada por el señor Ministro, Lic. Daniel Arroyo, el pasado 8 de mayo de 2020.

En dicha resolución se prescribe que “Las y los progenitores o la persona adulta responsable, se encuentran autorizados para ingresar con sus hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta doce (12) años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable”.

El objetivo de la norma es evitar que sean discriminados los padres y sus hijos pequeños que deben trasladarse a realizar compras de manera conjunta, frente a la inconveniencia de dejarlos solos en sus domicilios.

Adjuntamos texto de la Resolución 262/2020, conforme fue publicada en el Boletín Oficial 👉 Ver Resolución

 

Fuente: Federación de Centros Comerciales de la Provincia de Santa Fe (FECECO)