El Art. 12 del Dto. 337/21 estableció que los responsables inscriptos en el IVA que efectúen ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a Monotributistas deberán discriminar en la factura, o documento equivalente, el gravamen que recae sobre la operación a partir del 1º de julio de 2021 (fecha fijada por la RG 5003/21).

La RG 5003/21 también introduce la obligación de que los comprobantes emitidos a sujetos monotributistas deberán contener la leyenda: ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’.

Esta obligación se extiende también a aquellos contribuyentes que emitan comprobantes clase ‘M’  por operaciones realizadas con sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Responsabilidad frente al IVA: se deberá imprimir en función al tipo de responsable que recepcione el comprobante y según la tabla ‘Tipo de responsable’:

En los documentos ‘Factura ‘A’’, ‘Factura ‘A con leyenda’’, ‘Factura ‘M’’, ‘Recibo ‘A’’, ‘Recibo ‘A con leyenda’’, ‘Recibo ‘M’’, ‘Tique Factura ‘A”, ‘Tique Factura ‘A con leyenda’’, ‘Tique Factura ‘M”, ‘Nota de Crédito ‘A’’, ‘Nota de Crédito ‘A con leyenda’’, ‘Nota de Crédito ‘M’’, ‘Tique Nota de Crédito ‘A”, ‘Tique Nota de Crédito ‘A con leyenda’’, ‘Tique Nota de Crédito ‘M’’, ‘Nota de Débito ‘A”, ‘Nota de Débito ‘A con leyenda”, ‘Nota de Débito ‘M’’, ‘Tique Nota de Débito ‘A”, ‘Tique Nota de Débito ‘A con leyenda” y ‘Tique Nota de Débito ‘M”. De tratarse de un sujeto adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): ‘RESPONSABLE MONOTRIBUTO’.

¿Qué hay que tener en cuenta?

Estas modificaciones deberán ajustarse para la emisión de comprobantes a través de Web Services, Controladores Fiscales (de vieja o nueva tecnología), Facturas manuales y Factura Electrónica “Comprobantes en Línea”. En este último caso será la AFIP quién realizará las modificaciones necesarias en el servicio para adaptarla a las modificaciones de la RG 5003/21.

Por ello, hoy ya está notificando que desde las 23 h de hoy 30-6-2021 y por 2 h (esperemos que se cumpla ese plazo), el servicio de Comprobantes en Línea no estará funcionando.

 

Fuente: FECECO