Mediante un decreto, el Gobierno de la provincia de Santa Fe exceptuó nuevas actividades económicas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el gobierno nacional ante la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19.

Quedan excluidas las localidades que integran los aglomerados urbanos:

  • Gran Rosario
  • Gran Santa Fe
  • Rafaela, con las localidades colindantes: Lehmann, Bella Italia, Susana y Presidente Roca.

 

La norma autoriza:
  • las obras privadas, con no más de cinco trabajadores profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento
  • cobranza a domicilio, cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección, tanto el que efectúa el cobro como el que efectúa el pago.
  • talleres mecánicos
  • lavaderos y servicios de mantenimiento y reparación de automóviles y motovehículos, con turno previo tanto de entrega, como de retiro de las unidades, los que deberán tener no más de tres personas desarrollando tareas simultáneamente en el lugar.

 

Apertura de comercios minoristas de mercaderías: en las localidades de hasta 5000 habitantes. Deben cumplir con el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y el distanciamiento social.

El Ministerio de Salud deberá realizar un monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria, ante las excepciones dispuestas; y en el caso de que la evolución de la situación epidemiológica lo aconseje, podrá recomendar la suspensión total o parcial con carácter preventivo de las excepciones.

Todas las actividades deberán cumplir con lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe respecto de la confección y envío de los respectivos Protocolos. En los últimos días este Organismo estableció un nuevo mecanismo para informar estos protocolos y enviar las DDJJ de quienes trabajan en el local comercial/empresa que reabre sus puertas. Si bien no tenemos confirmado que los comercios deben utilizar este mecanismo, sugerimos que aquellos comercios/empresas de localidades de menos de 5000 habitantes y otras actividades que retoman sus actividades (en el resto de las localidades salvo Centros Urbanos de Santa Fe, Rosario y Rafaela) utilicen este nuevo procedimiento.

ARCHIVOS

👉 Decreto 367/2020

👉 Nuevo Procedimiento para informar protocolos y DDJJ

👉 Modelo de protocolo para comercios minoristas

 

Fuente: Federación de Centros Comerciales de la Provincia de Santa Fe (FECECO)