Informamos que la AFIP habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para aquellos empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de agosto.

El plazo de inscripción es desde el 28 de agosto hasta el día 3 de septiembre inclusive, ingresando con clave fiscal al sitio web del ente recaudador.

En relación al salario complementario, aquellas firmas que hubieran registrado una variación nominal negativa en su facturación entre los meses julio de 2020 y 2019 accederán al mismo, mientras que los empleadores que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada con una tasa de interés del 15%.

Los Créditos a Tasa Subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de los trabajadores de las empresas beneficiadas. No obstante, la normativa contempla la posibilidad de convertir los Créditos a Tasa Subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Esas pautas serán establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Para más información, podrá acceder a la Decisión Administrativa 1581/2020 del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP.

 

Fuente: Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC)